Lourdes Garcia-Expedir còpies
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De acuerdo con la Disposición Adicional 4a de la Ley 39/2015, se publican las Oficinas de asistencia en materia de Registro (OAMR) de la Diputación de Tarragona, creadas por Decreto número 2021-0001994 en fecha 17 de mayo de 2021.
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Palau de la Diputació de Tarragona
Passeig de Sant Antoni, 100
43003 Tarragona
Teléfono: 977.29.66.17
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Palau Climent
Carrer Montcada, 32
43500 Tortosa
Teléfono: 977.44.86.62
Atención presencial con cita previa:
La atención presencial y directa en las Oficinas de asistencia en materia de Registro se presta de lunes a viernes no festivos en horario de 9 a 14 h, preferiblemente con concertación de cita en la aplicación disponible en https://citaprevia.ubintia.com/dipta/#nbb, al correo electrónico registregeneral@dipta.cat, o llamando al teléfono de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
Atención telefónica:
La atención telefónica en las Oficinas de asistencia en materia de Registro se presta de lunes a viernes no festivos en horario de 9 a 14 h.
Servicios que ofrecen:
Las Oficinas de asistencia en materia de Registro tienen como a objetivo facilitar el acceso de los ciudadanos en la Diputación de Tarragona. En este sentido, asumen las funciones de asistencia en materia de Registros.
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Atención presencial:
De acuerdo con las funciones asignadas por la Ley 39/2015, del 1 de octubre y el RD 203/2021, de 30 de marzo, las Oficinas de asistencia en materia de Registro tienen las siguientes funciones:
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Asistir a la ciudadania en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con la Diputación de Tarragona.
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Identificación o firma electrónica de la persona interesada, cuando se trate de una persona no obligada a la relación electrónica con la administración, en los procedimentos administrativos para los que se haya previsto habilitación.
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Digitalitzar las solicitudes, escritas y comunicaciones en papel que se presenten o sean recibidos en la Oficina y se dirijan en cualquier órgano, organismo público o entidad de derecho público de cualquier administración pública, así como anotarlos en el Registro electrónico general o registro electrónico de cada organismo o entidad según corresponda.
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Expedir copias electrónicas auténticas después de la digitalitzación de cualquier documento original o copia auténtica que presenten los interesados y que deba incorporarse a un expediente administrativo a través de dicha oficina en el registro electrónico correspondiente.
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Emitir el correspondiente recibo que acredite la fecha y hora de presentación de solicitudes, comunicaciones y documentos que presenten los interesados.
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Comunicar a los interesados el código de identificación del órgano, organismo público o entidad a la que se dirige la solicitud, escrito o comunicación.
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Anotar, en su caso, los asientos de salida que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 16 de la Lei 39/2015, del 1 de octubre.
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Practicar notificaciones, en el ámbito de actuación de esta Oficina, cuando la persona interesada o su representante comparezcan de forma espontánea en la Oficina y soliciten la comunicación o notificación personal en ese momento.
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Cualquier otra función que se les atribuya legal o reglamentáriamente, así como las que, de acuerdo con las previsiones, se vayan implantando, según las posibilidades de autoorganización, y se aprueben por resolución administrativa.
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Atención telefónica:
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Apoyo y acompañamiento a los ciudadanos en los trámites electrónicos que deban realizar, destinados a la Diputación de Tarragona.
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Información relativa a los trámites electrónicos disponibles.
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Información relativa de los procedimientos en curso de interés ciudadano.
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Reserva de cita previa.
En caso de que la persona interesada no disponga de los instrumentos electrónicos de identificación o autenticación previstos en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, esta identificación o acreditación requerida la podrá hacer válidamente un/a funcionario/aria al servicio de la Diputación de Tarragona o sus organismos autónomos, previa habilitación, a través del uso de los sistemas de signatura electrónica de que esté dotado/ada.
Para que el/la funcionario/aria pueda realizar la tarea anteriormente descrita, la persona interesada debará identificar-se y prestar su consentimiento expreso, de lo cual tendrá que quedar constancia escrita con el fin de resolver cualquier posible discrepancia o litigio. Por lo que será necesario rellenar el formulario siguiente, que también esta disponible en las Oficinas de asistencia en materia de Registro: